La tarjeta de cesta ticket de los Magistrados o tarjeta de alimentación es de Bs. 10 mil
La decisión de la directiva del TSJ es rechazada por los sindicatos judiciales
La entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios del Poder Público supuso un duro golpe para los bolsillos de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), quienes vieron como sus ingresos se redujeron en más de un 50% de un momento a otro. Para intentar compensar esta disminución la Directiva del máximo juzgado decidió en junio pasado otorgarle a los 32 magistrados una tarjeta de alimentación con 10 mil bolívares mensuales.
La resolución fue cuestionada dentro y fuera del organismo rector del Poder Judicial, por considerar que burla la norma legal que entró en vigencia en enero pasado y la cual estableció que los sueldos de los magistrados no pueden superar los doce salarios mínimos, lo que hoy por hoy se traduce en 16.885 bolívares.
Fuentes del TSJ informaron que al menos cinco magistrados (Blanca Rosa Mármol de León y Deyanira Nieves, de la Sala Penal; Luis Ortiz y Carlos Oberto Velez, de la Sala Civil; y Juan José Núñez Calderón, de la Sala Electoral) devolvieron las tarjetas para evitar ser multados o inhabilitados.
La resolución fue cuestionada dentro y fuera del organismo rector del Poder Judicial, por considerar que burla la norma legal que entró en vigencia en enero pasado y la cual estableció que los sueldos de los magistrados no pueden superar los doce salarios mínimos, lo que hoy por hoy se traduce en 16.885 bolívares.
Fuentes del TSJ informaron que al menos cinco magistrados (Blanca Rosa Mármol de León y Deyanira Nieves, de la Sala Penal; Luis Ortiz y Carlos Oberto Velez, de la Sala Civil; y Juan José Núñez Calderón, de la Sala Electoral) devolvieron las tarjetas para evitar ser multados o inhabilitados.
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| Obreros a destajo sin cesta ticket |
La Ley de Emolumentos, en su artículo 4, prohíbe al Jefe del Estado, sus ministros, a las máximas autoridades de los demás poderes públicos, a los gobernadores y a los alcaldes y a los directivos de las universidades y de las empresas públicas recibir cualquier otra remuneración o ingreso distinto a los salarios por sus servicios.
sin embargo se conoció que los magistrados que devolvieron las tarjetas criticaron que el asunto no hubiera sido debatido por todos ellos en la Sala Plena y que la Sala Constitucional no haya resuelto ninguna de las demandas que tiene contra el instrumento que estableció un tope al ingreso de los altos funcionarios del Estado.
"La Ley de Emolumentos es inconstitucional porque atenta contra los derechos laborales y contra la autonomía del TSJ, pero en la Sala Constitucional como que no quieren enfrentar este asunto", declaró uno de los magistrados que rechazó la bonificación que le permitiría adquirir comida y medicamentos.
La norma colocó al máximo juzgado en una situación sin parangón, pues de un golpe no solo ubicó a los magistrados entre los peores pagados del continente, sino que ahora sus abogados asistentes e incluso sus secretarias perciben unos ingresos superiores a ellos.
Hasta 2009, los salarios de los miembros del Supremo se encontraban dentro del rango regional, si se calculaba el cambio a mercado oficial. Los ministros de la Suprema Corte de México eran los mejor pagados de la región con 24 mil dólares mensuales.
Rechazan la medida
La decisión de la Directiva del TSJ sentó mal en el Sindicato Unitario Organizado Nacional de Trabajadores de la Administración de Justicia (Suontraj), cuyo presidente, Luis Galviz, afirmó: "A los trabajadores tribunalicios, quienes sí están amparados por la Ley de Alimentación de los Trabajadores, siguen cobrando sus cesta ticket con la unidad tributaria vieja (65 bolívares), pese a que hace meses que el Gobierno la ajustó (a 76 bolívares), pero los magistrados no resuelven esta situación, sino que se otorgan un bono para ellos".
¿Cómo se calcula el Bono de Alimentación o Cesta Ticket?
La Ley estipula que para el cálculo de los Bonos de Alimentación el empleador podrá establecer a su discreción el monto de los mismos, pero siempre dentro del rango establecido por Ley: Al menos 25% de la Unidad Tributaria, con el máximo del 50% de la Unidad Tributaria.
Considerando que en febrero de 2011 la Unidad Tributaria quedó establecida en 76 bolívares fuertes, a partir del preciso momento en que fue publicado en Gaceta Oficial (25/02/2011), el rango de los Cesta Tickets queda de la siguiente forma:


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