CONTRALORÍA SOCIAL
En una investigación realizada por los alumnos de Trayecto Inicial de la Misión Sucre, Aldea José Leonardo Chirino de Barcelona se pudo constatar que en el 100% de las comunidades entrevistadas no funciona la Contraloría Social.
Esta investigación se realizo para ver el avance de Plan Nacional de Desarrollo en el área social en relación a la participación comunitaria, en esta investigación de igual forma se pudo observar que los consejos comunales tienen grandes deficiencias en cuanto al conocimiento de sus funciones. Se entrevisto de forma aleatoria a mas de de 100 personas en más de 15 comunidades y los resultados son preocupantes ya que el desconocimiento en cuanto a las políticas de participación es generalizado.
En nuestra próxima edición publicaremos los resultados ya que hasta ahora solo se tienen resultados parciales relacionados a Contraloría Social.
En vista de estos resultados vamos a referirnos hoy específicamente a Contraloría Social, aprovechando este semanario y esperando sirva de medio didáctico para que conozcamos lo que es contraloría Social.
¿Qué entendemos por Control?
Cuando hablamos de Control, estamos pensando en un proceso de seguimiento y evaluación de una determinada actividad, para garantizar que sea hecha en forma correcta.
Control, no es más que la actividad de monitorear los resultados de una acción y tomar medidas para hacer correcciones inmediatas y medidas preventivas para evitar eventos indeseables en el futuro.
¿Qué es la Contraloría Social?
Es un conjunto de acciones de control, vigilancia y evaluación que realizan los ciudadanos y ciudadanas, con el propósito de contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos, se realicen en términos justos de transparencia, eficiencia, eficacia, y la favorable honradez. Así mismo, es un instrumento contra la Corrupción y el burocratismo.
¿Qué se logra con la Contraloría Social?
Que los vecinos y vecinas puedan evitar que las obras de la comunidad se hagan mal; que los recursos que recibe un Consejo Comunal para una determinada obra, no sean desviados para otros fines; que los materiales que se compren sean los más económicos pero con la calidad requerida; que la obra se ejecute hasta el final. La Contraloría Social, permite dar seguimiento a las actividades administrativas y de funcionamiento ordinario de la comunidad en su conjunto.
¿Qué es un Contralor Social?
Es aquel habitante de la comunidad organizada que colabora con carácter ad-honorem, en el control y vigilancia de las obras de infraestructura, proyectos y programas sociales, que ejecuta el gobierno nacional, estadal, distrital y municipal.
¿Qué se necesita para ser Contralor Social?
*Ser una persona de sólida solvencia moral y comunitaria
*Tener la disposición y tiempo para ejercer el trabajo comunitario.
• Espíritu de vigilancia: capacidad de observación y de atención a los pequeños detalles.
• Conocimientos técnicos sobre la actividad que se va a controlar.
¿Cuáles son los principios del Contralor Social?
• Transparencia
• Eficiencia
• Imparcialidad
• Corresponsabilidad
• Honestidad
• Justicia
• Cooperación
•Solidaridad
• Organización y Democracia
¿Cuáles son las funciones del Contralor Social?
* Controlar, vigilar y dar seguimiento a las actividades administrativas y de funcionamiento ordinario de la comunidad en su conjunto.
* Ejercer la coordinación en materia de Contraloría Social comunitaria.
* Ejercer el control social y vigilancia del proceso de consulta, planificación, desarrollo, ejecución y seguimiento de los planes y proyectos comunitarios.
* Rendir cuenta pública de manera periódica.
* Denunciar ante la Contraloría del Estado Anzoátegui, las actuaciones ilegales, mal uso, desvío o malversación de recursos en obras y programas sociales implementados por la administración activa estadal.
¿Cuáles son los derechos del ciudadano común en el ejercicio del Control social?
* Conocer las políticas, proyectos, programas, contratos, recursos presupuestarios asignados, metas, procedimientos técnicos, administrativos y los cronogramas de ejecución de los planes a realizarse dentro de su comunidad.
* Obtener información, asesoría, información y asistencia técnica de los Órganos de Control del Estado, para el ejercicio de sus funciones.
* Conocer la lista de obras y acciones que se van a realizar en el onsejo Comunal durante el año: ¿Cuánto cuesta? ¿Quien la realizará? ¿sus aracterísticas? ¿A quién va a beneficiar?
* Supervisar que se ejecuten las obras o proyectos, aprobados en sambleas de ciudadanos y ciudadanas.
* Solicitar los correctivos necesarios en los casos que ameriten.
Marco Juridico de la Contraloría Social
• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículos: 2,6,28,51,62,66, 70, 132, 141, 143, 158, 166, 168, 173 y 184.
• Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo.
Artículos: 2,3 y 14
• Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de control fiscal.
Artículos: 1, 6, 24 y 25
• Ley con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública.
Artículos: 7, 9, 138, 141, y 142.
• Ley Orgánica de Planificación.
Artículos: 14, 25 y 59
• Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública
Artículos: 2 y 6
• Ley Contra la Corrupción
Artículos: 9, 10 y 12.
• Ley de Simplificación de Trámites Administrativos.
Artículos: 35 y 40
• Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Artículos: 253, 254 y 261
• Ley de los Consejos Comunales.
Artículos: 6, 11 y 23
• Ley de Contraloría Social del estado Anzoátegui.
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